El 23 de octubre de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a los artículos 144, 151, 153, 154, 177 y 185 de la Ley Aduanera, que entra en vigor el 1 de enero de 2027 y que cambia de fondo la manera en que la autoridad podrá embargar mercancías cuando el valor declarado en el pedimento sea inferior al de Mercancías Idénticas o Similares. Las reglas finas (qué mercancías, con qué procedimiento y con qué porcentaje) se publicarán a más tardar el 31 de diciembre, de modo que quien importa tiene muy poco tiempo para revisar su expediente de valor, prever liquidez y ajustar su operación con la agencia aduanal.